Real Decreto 235/2013 Certificación Energética de Edificios
En este mes de Abril se ha aprobado el Real Decreto 235/2013 por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios que viene a remplazar al ya derogado Real Decreto 47/2007 en el que se aprobaba el Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción. La normativa europea y en concreto la Directiva 2010/31/UE ha derivado en una nueva transposición al ordenamiento jurídico español que fue publicada el pasado Sábado 13 de Abril en el Boletín Oficial del Estado.
¿Qué hay de importante en esta normativa?
Como se puede deducir del título de esta normativa el objeto fundamental es Certificar Edificios y catalogar en función de Etiquetas de Eficiencia Energética. En este caso es necesario remarcar que no sólo se aplica a edificios de nueva construcción debiendo ser certificados edificios ya existentes. “Cuando se construyan, vendan o alquilen edificios o unidades de éstos, el certificado de eficiencia energética o una copia de éste se deberá mostrar al comprador o nuevo arrendatario potencial y se entregará al comprador o nuevo arrendatario, en los términos que se establecen en el Procedimiento básico”
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